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Comprobantes Fiscales

Comprobantes Fiscales

03-Ene-2002 Intélite
La Ley del ISR señala que los contribuyentes deberán acumular la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en crédito o de cualquier otro tipo, independientemente que se expidan comprobantes o no; asimismo, indica que podrán efectuar las deducciones relacionadas con las devoluciones, descuentos o bonificaciones; las adquisiciones de mercancías; los gastos y las inversiones, entre otros; sólo que en el caso de las deducciones. Para disminuirlas de los ingresos es necesario que cumplan con varios requisitos, tales como: que sean estrictamente indispensables para llevar a cabo su actividad; que se registren debidamente en la contabilidad; que se trasladen los impuestos que correspondan y que se cuente con comprobantes fiscales. Me refiero a este último punto.  
  • SHCP que preguntan, ¿con comprobante o sin comprobante? y es que con esta pregunta le están proponiendo al cliente adquirir la mercancía a un precio inferior al de mercado y en esta operación el cliente se ahorraría por lo menos el equivalente al 15% del IVA.